El acceso inconsentido al ordenador de un directivo acusado de apropiación indebida determina la nulidad de la sentencia condenatoria 07 de diciembre de 2018 Jurisprudencia Derecho a la intimidad Tal irregularidad en la tramitación del procedimiento no es causa de exención de la responsabilidad criminal. La consecuencia debe ser la de reponer las actuaciones al momento en que se produjo el defecto para su subsanación.
Sobre la carga probatoria del elemento de idoneidad de los programas de Compliance penal 26 de octubre de 2018 Artículos doctrinales Compliance El presente trabajo analiza las dificultades que presenta la responsabilidad penal de la persona jurídica en el ámbito procesal o técnico-jurídico a la luz de la jurisprudencia y la legislación vigente.
Caso Messi: la ignorancia deliberada de los hechos que afectan a una persona no excluye su responsabilidad criminal por los mismos 07 de julio de 2016 Jurisprudencia Ignorancia deliberada El hecho de que una persona decida, beneficiándose de ello, permanecer en la ignorancia sobre la licitud de determinada actividad que le podía resultar relevante, cuando estaba en disposición de conocerla por medios fiables y rápidos, revela una grave indiferencia que permite considerar que se ha actuado con dolo.
Un Juzgado no aprecia la eximente de estado de necesidad por intentar robar una gallina para comer 11 de enero de 2016 Jurisprudencia Robo famélico El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería condena a nueve meses de prisión por un delito de robo con intimidación en grado de tentativa a un senegalés que entró en un corral con una navaja y mató a una gallina, según él para comérsela. La Jurisprudencia exige que, en situaciones de estrechez económica, se hayan agotado todos los cauces y recursos disponibles.
Consecuencias jurídicas de las dilaciones indebidas 01 de febrero de 2011 Artículos doctrinales DILACIONES INDEBIDAS El sistema que sigue nuestro Código Penal en materia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a diferencia de lo que ocurre en otros ordenamientos jurídicos, consiste en la previsión en su Libro I.1 de genéricas circunstancias que a priori resultan de aplicación a toda clase de delitos; lo que no impide a su vez que en la Parte especial se comprendan igualmente respecto de determinadas figuras delictivas, circunstancias específicas que constituyen elementos típicos accidentales, como verdaderos elementos integrantes del mismo, formando en este caso los denominados “tipos derivados”, “privilegiados” o “cualificados”.
El CGPJ aprueba un informe favorable al nuevo Código Penal Militar 17 de octubre de 2013 Noticias Nuevo Código Penal Militar El Consejo considera imprescindible que el nuevo Código incluya una definición precisa del concepto "situación de conflicto armado", que sustituirá al de "en tiempo de guerra". Asimismo se considera que la obediencia debida debería desaparecer como circunstancia eximente de responsabilidad criminal.